Tijuana, Baja California, 21 de abril de 2026.- El reciente acuerdo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que otorga facultades a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para bloquear cuentas bancarias presenta ambigüedades que vulneran el derecho de defensa. Expertos en materia jurídica señalan que el uso de “indicios justificados” permite una interpretación discrecional por parte de la autoridad, afectando la operatividad financiera de los ciudadanos.
El origen de los bloqueos financieros
La jueza federal en retiro, María del Socorro López Villarreal, explicó que el mecanismo de control inicia con reportes de actividades inusuales detectados por instituciones bancarias y sectores vulnerables. Estos avisos se generan cuando las operaciones superan umbrales establecidos o resultan sospechosas bajo los parámetros de la autoridad.
Una vez que la UIF recibe la alerta, procede al análisis de la información y puede determinar el congelamiento inmediato de los activos. La especialista subrayó que este proceso es automático y deja al usuario en una situación de vulnerabilidad económica antes de poder demostrar la licitud de sus recursos.
Ambigüedad en los conceptos jurídicos
Uno de los puntos más críticos señalados por López Villarreal es la falta de precisión en los términos legales que sustentan la acción de la UIF. Según la jueza en retiro, el criterio se fundamenta en “indicios justificados”, un concepto que calificó como abierto y sujeto a la interpretación subjetiva de los funcionarios en turno.
“Dichos avisos pueden originarse por operaciones que superan ciertos umbrales o resultan sospechosas, lo que da pie a que la autoridad analice la información y determine el bloqueo inmediato”, detalló la experta, enfatizando que la falta de claridad en la norma dificulta la prevención por parte de los contribuyentes.
Barreras para la defensa legal
El procedimiento de impugnación representa otro obstáculo significativo. Actualmente, el afectado cuenta con un plazo de apenas cinco días para solicitar una audiencia. Sin embargo, la normativa exige que el interesado se traslade personalmente a la Ciudad de México para presentar sus pruebas y argumentos de defensa.
Esta logística se complica debido a que, al tener las cuentas congeladas, el ciudadano enfrenta el proceso sin acceso a su propio capital, lo que limita su capacidad para contratar asesoría legal especializada o cubrir los gastos de traslado y estancia en la capital del país.





