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Nuevos criterios para detenciones en flagrancia buscan erradicar viejas prácticas de agentes policíacos

by Redacción tijuanaenlinea

 Los agentes deben de poner a los detenidos a disposición inmediata ante las autoridades correspondientes

 

El mal manejo del sistema de impartición de está quebrantando cada día más la voluntad de la ciudadanía a la cultura de la justicia denuncia, señaló el especialista en derecho penal Álvaro González.

Con esto, agregó, se abona a la subjetividad de la persona que vive de la delincuencia a sentirse capaz de cometer actos fuera de la ley.

Mencionó que la flagrancia ha sido un interrogante tanto de policías como de la sociedad civil, pero que se debe recordar que éste es un elemento que subsiste del sistema anterior al actual; es decir jamás ha existido en la ley el que se pueda detener a una persona si no es captada en el momento de cometer un delito, y así está consagrado en la Constitución y la Suprema Corte de Justicia de la Nación cada día perfecciona este factor para evitar actos de tortura o las extralimitaciones a las corporaciones policiales.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación para ser exactos la primera sala fijó nuevos criterios para cuando las personas son detenidas en flagrancia. Los agentes deberán de poner a disposición de inmediato a las autoridades correspondientes a los detenidos o de lo contrario se anulan las pruebas obtenidas y la detención como consecuencia  será calificada de no legal, ya que su declaración ante el ministerio público  ante tales circunstancias será invalidada”, manifestó.

Con esto, añadió, se busca erradicar las viejas prácticas de la policía entre ellas el que “los trajeran paseando” práctica en la que se perdían horas y a base de tortura se obtenían declaraciones.

Expresó que las pruebas que lleguen con demora de manera injustificada, que la mecánica de hechos no valide la puesta a disposición de manera tardía y que toda prueba sin conducción del ministerio público serán al igual consideradas viciadas.

Mientras tanto solo las pruebas en flagrancia serán válidas para los primeros respondientes siempre y cuando se contengan dentro del Informe Policial Homologado con relación de los objetos y las evidencias aseguradas,  así como con los medios de prueba obtenidos.

“Tal vez muchas personas pensarán que estas leyes son en beneficio del delincuente pero no es así, lo que es verdad es que ante el poco interés del gobierno durante años de capacitar a su capital humano en este caso oficiales de policía, no están a la altura de un sistema moderno y de sostener sus dichos ante el Juez, ya que anteriormente lo que decía el policía era ley y era confirmado por los jueces donde el contrapeso recaía tanto en el ciudadano de bien como en el delincuente”, indicó.

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