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Modificación en Ley Olimpia amplifica posibilidad de denuncia

by Redacción

Por Octavio Fabela

Tijuana, 05 de enero de 2022.- Adriana Lizárraga González fiscal de delitos contra las mujeres en razón de género explicó que solo un caso de violación a la llamada Ley Olimpia se ha podido judicializar principalmente porque en un inicio el tipo penal solo castigaba a familiares que difundían imágenes no autorizadas.

Inicialmente la Ley Olimpia sustentaba que, para su procedencia, la persona que perpetrara la falta tendría que ser un familiar de la afectada, ya que, si la persona no era un familiar, la denuncia solo podía llevar a una integración de carpeta al caso, sin la posibilidad de judicializar el delito.

Sin embargo, con esa modificación la ley ya puede proceder sin importar que no haya parentesco entre las partes implicadas, así solo se trate de amenazas de difundir material privado.

“Cuando viene la reforma nos quita ese requisito, ahora nos habla de que cualquier persona que exhiba imágenes con contenido de imágenes desnudas o semidesnudas y de hecho en el segundo párrafo de este tipo penal, también maneja la amenaza”, agregó.

Lizárraga González, refirió que es necesaria la incursión de la Policía Cibernética para la integración de las carpetas de investigación de los casos que actualmente se llevan por ese tipo de delitos ya que mientras se apoyan en la Guardia Nacional lo cual hace que los procesos sean un poco lentos debido a la carga de trabajo que ya maneja esa dependencia.

El primer caso de esta índole en Baja California se originó en el Mexicali y hay aproximadamente 10 casos más en espera de que los jueces fijen fechas para su proceso.

Por otra parte, señaló que los casos de pederastia que han atendido hasta el momento los agresores son familiares o cercanos a las víctimas por lo que se descarta exista una red de delincuentes dedicada a explotarlos.

“En los casos que ahorita tenemos identificados no es una red, es una persona que está atrás de una computadora y que se dedica a estar captando a niños y niñas a través de redes sociales”, comentó la funcionaria.

La edad aproximada de quienes se ven más afectados por este tipo de delitos, oscilan entre los 14 y los 17 años.

“En algunos casos ya se ha judicializado asuntos de pornografía infantil, cuando están relacionados con delitos de violación. Desafortunadamente la violación y los abusos sexuales en contra de niñas, niños y adolescentes, el agresor es una persona allegada a esos menores; el padrastro, el papá, el tío o el abuelo, y en algunos casos videograban o toman imágenes y luego las comparten en redes sociales, entonces aparte de los delitos de violación, se está incorporando el delito de pornografía infantil”, puntualizó.

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