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Falta de contratos genera grandes adeudos ante el SAT

by Redacción tijuanaenlinea

 Es común que en las empresas se realicen depósitos provenientes de préstamos, los cuales al no contar con documentación pueden  tener como consecuencia impuestos y adeudos contra el contribuyente.

 

Es una práctica común que en las empresas se realicen depósitos los cuales no necesariamente provienen de algún pago, servicio o venta de mercancía sino de préstamos y al no contarse con contratos se generan importantes adeudos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), expresó Francisco Javier Sánchez Pérez.

El socio director de la firma Asa Defensa y Estrategia Fiscal, refirió que en los últimos años este tema ha tenido mucho auge al revisar el SAT la contabilidad de contribuyentes y ver en depósitos bancarios cantidades de dinero que no están aparejadas con facturas.

“Estos depósitos muchas veces provienen de préstamos que se reciben y que generalmente son de parte de los mismos dueños de las empresas o de familiares en el caso de personas físicas.

Años atrás el SAT lo comprendía cuando en la contabilidad se establecía que esos depósitos eran préstamos, pero en los últimos años en el afán de recaudar más dinero al darse cuenta que los contribuyentes no contaban con contratos se agarró de ahí para señalar que la falta de contratos era suficiente para determinar que no era un préstamo”, mencionó.

Sánchez Pérez, manifestó que esta situación es una muestra de que muchos de los contribuyentes del país no cuentan aún con una cultura de la legalidad y se apegan a que la ley mercantil no impone la obligación de contar con todos los contratos por escrito toda vez que existen los verbales.

Señaló que el SAT se ha dado a la tarea de que todos los préstamos que no cuenten con contrato de soporte y pasados ante un notario o un corredor público, son determinados como si fueran un ingreso y traen como consecuencia impuestos y adeudos contra el contribuyente.

“De igual forma lo hace con aportaciones que una persona física o moral haga a una moral. El SAT invariablemente determina que esas cantidades de dinero provienen de un tercero por compra, venta o prestación de algún servicio y por lo tanto se tiene que pagar impuestos.

Esto aún y cuando el contribuyente demuestre en auditoría que fue el socio y no un tercero quien aportó ese dinero. El SAT se agarra de ahí para recaudar más impuestos”, añadió.

Por ello, destacó que es importante que los contratos de préstamo en las empresas tengan un orden y sean por escrito con asesoría legal y llevarlos ante notario.

“El SAT está cuestionando todas las operaciones que tengamos con terceras personas para ver si son ciertas o no.

Es bueno asesorarse para la elaboración de contratos con algún abogado fiscalista para que no se cuestionen los contratos”, concluyó.

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