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LA NOCHE DE LOS NAHUALES || BENJAMÍN M. RAMÍREZ

by Redacción Tijuana en Línea
LA NOCHE DE LOS NAHUALES || Por Benjamín M. Ramírez

AMANECIÓ Y EL GENOCIDIO ESTABA AHÍ…

 Benjamín M. Ramírez

Sin tregua, sin un respiro para escapar de las bombas incendiarias, sin  agua, alimentos, medicamentos u hospitales, sin tierra, sin esperanzas de un alto al fuego, sin paz: así se vive en la Franja de Gaza.

 

Las palabras del Primer Ministro Israelí, Benjamín Netanyahu, han sido incendiarias al declarar que no aceptará un alto al fuego, a pesar de la presión internacional y las manifestaciones en contra de Israel en diversas partes del mundo, la exigencia de la ONU, y la petición de los gobiernos de los Estados Unidos y Francia que solicitan una pausa humanitaria.

 

Hasta estos momentos las naciones árabes sólo han manifestado su apoyo a la causa Palestina, sin condenar de manera contundente el genocidio que se perpetra detrás del muro. Los gazatíes son como peces en un tonel, sin posibilidades para escapar, huir no es una opción. Todo está cercado.

 

El muro construido por Israel que supera los 800 kilómetros de extensión por toda la Franja de Gaza y Cisjordania, con una altura de casi 10 metros,  constituye una cárcel a cielo abierto. En las últimas horas las Fuerzas de Defensa Israelí, FDI, han bombardeado diversos campos de refugiados, hospitales, escuelas y edificios religiosos, con su cuota de muerte de decenas de civiles muertos y más de miles de desplazados.

 

Los niños siguen siendo los más afectados, casi 4 mil decesos, de los casi 10 mil muertos en la Franja de Gaza, sin contar los cuerpos que permanecen ocultos bajo los escombros, a raíz de los bombardeos de Israel, que han devastado los depósitos de agua potable, cortado el suministro eléctrico y de combustibles, lo que hace más difícil la situación de los más vulnerables en la Palestina ocupada.

 

Siglos atrás ya el profeta Jeremías había vaticinado: “Esto dice Yavé: En Ramá se han oído unos quejidos y un amargo lamento: es Raquel que llora a sus hijos y no quiere que la consuelen, pues ya no están”.

 

Tal parece que los niños son el principal objetivo de las acciones de guerra impulsadas por Benjamín Netanyahu, porque constituyen una amenaza siempre latente para la paranoia israelita. Al igual que Herodes, el primer ministro ha ordenado la matanza de los inocentes que no tienen escapatoria, diezmados por el hambre, la sed, las heridas, la falta de refugio, la ausencia de la solidaridad  de las grandes potencias y la indiferencia de las personas de buena voluntad.

 

A casi un mes del inicio de las acciones beligerantes, no existen las posibilidades o esperanzas de que la guerra llegue a su fin.

 

A todo ello se suma la reciente declaración del ministro Amichai Eliyahu quien ha asegurado  que el lanzamiento de una bomba atómica contra Gaza podría ser una opción. El ministro ha sido separado de su cargo por esta declaración que ha sido rechazada por la comunidad internacional.

 

En Gaza se perpetra un genocidio, se cometen crímenes de guerra, se ejecuta una limpieza racial y los asesinos sólo dan declaraciones y el mundo entero permanece impávido.

 

Hasta hoy sólo Bolivia ha roto relaciones diplomáticas contra el Estado de Israel como una forma de protesta en contra de los crímenes de guerra que se ejecutan en la Franja de Gaza. Mientras que otras naciones han llamado a consulta a sus embajadores por la situación que prevalece en Palestina.

 

Israel no está aplicando la política de la legítima defensa, ejecuta una política de expansión y desplazamiento del pueblo palestino por lo que Benjamín Netanyahu debe ser llevado a la Corte Penal Internacional, según lo establecido por el Estatuto de Roma: por los crímenes de guerra, crimen de genocidio, crímenes de lesa humanidad, principalmente el crimen de apartheid, crimen de agresión, limpieza racial y genocidio, según lo contemplado en los artículos 5, 6, 7 y 8 de dicho Estatuto.

 

El Estatuto de Roma en su artículo 8, a la letra establece:

 

[…]

 

Artículo 8

Crímenes de guerra

 

  1. La Corte tendrá competencia respecto de los crímenes de guerra en particular cuando se cometan como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de tales crímenes.

 

  1. A los efectos del presente Estatuto, se entiende por “crímenes de guerra”: a) Infracciones graves de los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949, a saber, cualquiera de los siguientes actos contra personas o bienes protegidos por las disposiciones del Convenio de Ginebra pertinente:

 

[…]

 

III) El hecho de causar deliberadamente grandes sufrimientos o atentar gravemente contra la integridad física o la salud;

 

  1. B) Otras violaciones graves de las leyes y usos aplicables en los conflictos armados internacionales dentro del marco del derecho internacional, a saber, cualquiera de los actos siguientes:

 

  1. I) Dirigir intencionalmente ataques contra la población civil en cuanto tal o contra personas civiles que no participen directamente en las hostilidades;

 

  1. II) Dirigir intencionalmente ataques contra bienes civiles, es decir, bienes que no son objetivos militares;

 

III) Dirigir intencionalmente ataques contra personal, instalaciones, material, unidades o vehículos participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, siempre que tengan derecho a la protección otorgada a civiles o bienes civiles con arreglo al derecho internacional de los conflictos armados;

 

  1. IV) Lanzar un ataque intencionalmente, a sabiendas de que causará pérdidas de vidas, lesiones a civiles o daños a bienes de carácter civil o daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural que serían manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa de conjunto que se prevea;

 

  1. V) Atacar o bombardear, por cualquier medio, ciudades, aldeas, viviendas o edificios que no estén defendidos y que no sean objetivos militares;

 

VIII) El traslado, directa o indirectamente, por la Potencia ocupante de parte de su población civil al territorio que ocupa o la deportación o el traslado de la totalidad o parte de la población del territorio ocupado, dentro o fuera de ese territorio;

 

  1. IX) Dirigir intencionalmente ataques contra edificios dedicados a la religión, la instrucción, las artes, las ciencias o la beneficencia, los monumentos, los hospitales y los lugares en que se agrupa a enfermos y heridos, siempre que no sean objetivos militares;

 

XII) Declarar que no se dará cuartel;

 

Sin duda, Benjamín Netanyahu ha violado de manera indiscriminada los Estatutos de Roma y debe ser juzgado como un criminal de guerra. Miles de niños que sufren los bombardeos lo demandan.

 

Son estos mismos niños que reclaman vivir como los demás niños de otras partes del mundo: sin el miedo de morir por el asedio constante de las bombas de fósforo blanco, incendiarias, padecer el hambre, la sed o que se violen los derechos más elementales de los niños declarado por la ONU, a través de la UNICEF.

 

Tal parece que las exigencias de un cese al fuego demandada por la comunidad internacional sólo es una voz que clama en el desierto.

 

Y el mundo permanece indiferente…

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